Identificá el mecanismo de firma
La Ley 25.506 distingue firma digital, definida en su artículo 2, de firma electrónica, definida en el 5. Firmar desde una pantalla no demuestra que se cumplan los requisitos de firma digital. Identificá el procedimiento concreto y qué evidencia produce antes de describirlo en una comunicación.
Prepará documento, anexos y firmantes
Cotejá la versión final del contrato, anexos, nombres y carácter de cada persona. Resolvé cambios antes de compartir el archivo. Explicá qué versión se revisará y guardá una copia reconocible; si el contenido cambia después, no atribuyas la aceptación anterior al nuevo texto.
Conservá la evidencia de aceptación
Revisá cómo se identifica a la persona, qué acción confirma la aceptación y qué registros se conservan. Una imagen pegada de una firma no prueba por sí sola los requisitos de firma digital. Guardá archivos originales y constancias sin alterarlos; su alcance requiere evaluación según mecanismo y caso.
Alcance de la propuesta de Bullano
La gestión integrada y sus recorridos de firma están en acceso anticipado. Esta guía no anuncia acceso general ni una certificación de firma digital licenciada. Para documentos que produzcan efectos legales, revisá el mecanismo y su adecuación con asesoramiento profesional.