Nueva Ley de Alquileres: Cuáles son las principales dudas de inquilinos y propietarios sobre la nueva norma
En el 2020 se creó la Nueva Ley de Alquileres impulsada por Inquilinos Agrupados, esta provoco que precios de los alquileres se dispararon, esta suba de precios es netamente generada por especulación, porque la ley obliga a las inmobiliarias y a los grandes propietarios actualizar una vez al año el precio de los alquileres en base a un índice que toma como referencia a los aumentos salariales y la inflación.Estos son los principales cambios de la nueva ley de alquileres:

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El alquiler se ajustará una vez al año mediante un índice que contempla el salario y la inflación.
El precio del alquiler tiene que ser un valor único, por periodos mensuales y solo con ajustes anuales, estos ajustes deben efectuarse utilizando un índice elaborado y publicado mensualmente por el BCRA en donde se toma las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) según el INDEC.
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2Preguntas Frecuentes
Los alquileres para vivienda se pactarán como mínimo por 3 años
Hay excepciones si es un alquiler temporario, pero hay que justificar la causa (por ejemplo, estudios, reformas en la casa original, etc.).
3Como inquilino ya no tendrás que pagar Expensas Extraordinarias, Gastos no habituales ni Impuestos sobre la propiedad.
4Un mes de depósito por los 3 años de alquiler, que será devuelto actualizado al finalizar el contrato.
El monto a devolver será equivalente al alquiler del último mes.
5Se podrá descontar del alquiler el costo de arreglos y reparaciones que realice el inquilino.
Si el locador no realiza los arreglos estando notificado.
6Inquilinos podrán rescindir sin pagar penalidad o indemnización.
RENOVACION
En los últimos 3 meses de contrato inquilinos podrán solicitar que se informen los términos de renovación, si no hay notificación o acuerdo podrán rescindir sin penalidad o indemnización.
RESCISION
Si transcurrieron seis (6) meses y se notificó al locador con tres (3) meses de anticipación, no habrá que pagar indemnización.
7No podrán requerir a inquilinos la firma de pagarés u otros documentos que no forman parte del contrato.
8Se crean organismos de control en todo el país que protejan los derechos de las familias que alquilan.
9Todos los contratos tendrán que registrarse en AFIP para evitar abusos y la evasión.
El alquiler debe ser facturado, los alquileres que sean cobrados por dueño directo o a través inmobiliarias, tienen la obligatoriedad de entregar Factura B o C en el caso de haber una demanda de desalojo, el juez debe notificar a la AFIP.
Nueva Ley de Alquileres: ¿La nueva fórmula de indexación puede hacer subir más los precios de los alquileres en los próximos años?
Desde el sector inmobiliario advierten que los precios de los alquileres, en los últimos años vinieron subiendo por debajo de la inflación, en 2018 el precio de los alquileres crecieron un 35%, mientras que la inflación fue de 47,6%. En 2019, los alquileres subieron 33% frente a una inflación de 54,5%.
El incremento en los alquileres se aplicará una vez por año, cuando hasta ahora se hacía en forma semestral o cuatrimestral, según cada contrato, el aumento en forma anual es un problema puede aumentar mucho de un mes a otro cuando los ingresos difícilmente acompañan ese salto.
Nueva Ley de Alquileres: ¿Cuáles son los cambios en los pagos de los servicios y las expensas?
El inquilino no tendrá a su cargo el pago de impuestos que gravan la propiedad, como el ABL o el impuesto inmobiliario de ARBA, ni tampoco el pago de expensas comunes extraordinarias, algo que ya se venía dando en los hechos. Sin embargo, la diferenciación entre expensas ordinarias y extraordinarias puede ser un punto de conflicto.
Una de las dudas es si los alquileres serán más altos con la nueva fórmula, todo va depender de cómo se liquiden, como lo tome cada administrador. Debería aclararse muy bien y taxativamente qué se puede incluir en cada una en la reglamentación. Otro riesgo es que esos costos se terminen trasladando al precio final del alquiler.
Nueva Ley de Alquileres: ¿El propietario puede rechazar las nuevas garantías que se incorporaron?
Según la norma sancionada, los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).
En este caso, el problema puede ser que no está clara la forma en que el propietario está obligado a aceptarlas. Puede directamente rechazar firmar el contrato incluso si el tipo de garantía no lo convence.
Nueva Ley de Alquileres: ¿A partir de cuándo se comienza a aplicar la nueva norma?
Aunque la ley fue sancionada, todavía no fue reglamentada. Por lo tanto, sigue vigente la ley anterior. Los cambios podrán aplicarse recién al día siguiente de la publicación de la reglamentación en el Boletín Oficial y para los nuevos contratos. Es decir, la nueva ley va a regir para los inquilinos que empiecen un contrato nuevo.
Nueva Ley de Alquileres: ¿Los alquileres temporarios son legales?
Es legal alquilar por menos de tres años con destino de turismo, descanso o similares. Si el vencimiento del contrato supera los tres meses, se sospecha que no fue hecho con esos fines, habrá que probar que no es fraude a la ley, que no hay violación al plazo mínimo.
Nueva Ley de Alquileres: ¿Quién paga el mantenimiento del inmueble alquilado?
Esto se determina en el contrato, en el mismo se regula quién paga qué cosa en este aspecto, la ley indica como mínimo debe mantener el inmueble en forma básica, es decir, luz, electricidad y instalaciones de gas, , los aspectos estructurales, que la propiedad sirva para el fin de vivienda.
Nueva Ley de Alquileres: ¿Quién paga las reparaciones urgentes del inmueble alquilado?
La ley aclara que gastos que se encuentran a cargo del locador, todo gasto de mantenimiento básico de mantenimiento debe ser compensado descontando en el precio del alquiler. Previo a todo hay que notificar formalmente el problema, por correo electrónico o carta documento.
Si la reparación es urgente y el locador se niegue hacer el arreglo el inquilino puede realizarla a costa del locador, pero debe transcurrir al menos 24 horas corridas, contadas a partir del aviso.
En el caso que las reparaciones no fuesen con urgencia, el inquilino debe intimar al propietario para que las realice dentro de un periodo que no puede ser inferior a 10 días corridos a partir de la notificación al locatario.
Nueva Ley de Alquileres: ¿Quién paga las reparaciones urgentes del inmueble alquilado?
La ley aclara que gastos que se encuentran a cargo del locador, todo gasto de mantenimiento básico de mantenimiento debe ser compensado descontando en el precio del alquiler.
Si la reparación es urgente y el locador se niegue hacer el arreglo el inquilino puede realizarla a costa del locador, pero debe transcurrir al menos 24 horas corridas, contadas a partir del aviso.
En el caso que las reparaciones no fuesen con urgencia, el inquilino debe intimar al propietario para que las realice dentro de un periodo que no puede ser inferior a 10 días corridos a partir de la notificación al locatario.
La información provista es de carácter meramente informativo. No sustituyendo ni reemplazando, de ninguna manera, el asesoramiento de un profesional sobre el negocio a realizar, ni los servicios específicos que estos solicitan a las reparticiones públicas para su actuación